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CFPB Demanda al Administrador de Préstamos PHEAA por Acosar a Prestatarios cuyos Préstamos Habían sido Descargados por Bancarrotas

La demanda alega que PHEAA ilegalmente cobró dinero que los prestatarios no debían y reportó información falsa a compañías de informes de crédito

WASHINGTON, D.C. – La Oficina para la Protección Financiera del Consumidor (CFPB, por sus siglas en inglés) demandó al administrador de préstamos Pennsylvania Higher Education Assistance Agency (PHEAA), la cual opera con el nombre American Education Services (AES), por haber ilegalmente cobrado préstamos estudiantiles que habían sido descargados en procesos de bancarrota, y por enviar información falsa sobre los consumidores a compañías de informes de crédito. La demanda de la CFPB le ha pedido a la corte que le ordene a PHEAA detener su conducta ilegal, proveer reparaciones a los prestatarios afectados, y pagar una multa civil.

“PHEAA ha ignorado sus responsabilidades y persiguió a sus prestatarios por préstamos que ya no debían”, dijo el director de la CFPB, Rohit Chopra. “La CFPB ha demandado a esta compañía por exigirles el pago de dinero que ya no debían a sus prestatarios y por reportar información falsa a las compañías de informes de crédito”, continuó.

PHEAA es una compañía administradora de préstamos estudiantiles, cuya sede está en Harrisburg, Pennsylvania. Es una corporación que cotiza públicamente y que fue constituida bajo las leyes del estado de Pennsylvania. Hasta diciembre del año 2023, PHEAA administraba un portafolio de préstamos estudiantiles, valorado en $17,8 millardos.

El Código Nacional para Procesos de Bancarrota provee a los consumidores con la posibilidad de comenzar nuevamente, descargando o eliminando deudas, y prohibiéndoles a los acreedores cobrar esas deudas descargadas. Muchos préstamos estudiantiles, tanto federales, como privados, pueden ser descargados en procesos de bancarrota sólo si el prestatario inicia otros procesos por separado y cumple con más estrictos estándares legales, que los aplicados sobre otras deudas no garantizadas del consumidor. Estos préstamos estudiantiles privados “no calificados” incluyen el dinero prestado para pagar por estudios en instituciones que no califican para recibir fondos federales otorgados por el Título IV, tales como institutos vocacionales no acreditados, o escuelas K-12, préstamos para residencias médicas u odontológicas, para personas que son estudiantes menos de medio tiempo, o aquellos préstamos cuyo monto sea más alto que el costo de los estudios (lo que puede ocurrir cuando el dinero es desembolsado directamente al consumidor).

AES administra un amplio rango de préstamos estudiantiles, incluyendo aquellos que tienen requisitos estrictos para su descarga por bancarrota, y los no calificados, los cuales son rutinariamente descargados. A pesar de esto, cuando un consumidor, que tenga préstamos estudiantiles privados administrados por AES, recibe alguna descarga por un proceso de bancarrota, la práctica que la compañía usa es, tratar todos los préstamos relacionados con la educación de ese consumidor, como si no hubiesen sido descargados, a menos que reciba una orden explícita de la corte, o instrucciones expresas del duelo del préstamo.

En marzo del año 2023, la CFPB emitió un boletín (en inglés) advirtiéndole a la industria a cerca de este problema, detallando la forma en que algunos administradores habían ilegalmente devuelto préstamos estudiantiles a cobranzas, luego de que un tribunal de bancarrota los hubiese descargado.

La CFPB alega que las prácticas usadas por PHEAA violan la Ley de Protección Financiera al Consumidor y la normativa de implementación de la Ley de Informes de Crédito Justos. Como consecuencia de estas prácticas usadas por PHEAA, los prestatarios son forzados a pagar deudas que no deben, o arriesgarse a recibir información negativa en sus informes de crédito y caer en incumplimiento por causa de esta supuesta falta de pago.

La CFPB alega que PHEAA específicamente perjudicó a los consumidores al:

  • No contar con políticas y procedimientos que le permitan identificar los préstamos que hayan sido descargados en bancarrotas: AES no reconoció que algunos préstamos estudiantiles privados habían sido descargados en bancarrotas y en cambio, los trató como si casi todos fuesen deudas que los consumidores aún debían.
  • Ilegalmente recolectar y “furnishing” o entregar información inexacta acerca de préstamos descargados: entre los años 2017 y 2021, AES cobró, o intentó cobrar, aproximadamente 7.934 préstamos estudiantiles privados luego de procesos de bancarrota. Aunque el alcance total de las actividades de cobranzas ilegales de la compañía será revelado durante la litigación del caso, al menos 177 de esos préstamos eran elegibles para ser descargados en bancarrotas. Como consecuencia de esto, los prestatarios fueron sometidos a cobranzas ilegales, sobre préstamos que no debían. AES también envió información equivocada a compañías de informes de crédito, acerca de la deuda pendiente de los prestatarios, lo cual los perjudicó financieramente, e hizo más difícil para ellos calificar para recibir crédito en el futuro.
  • Mentirles a los prestatarios asegurando que aún debía pagar préstamos descargados: AES envía cartas exigiendo pago que están equivocadas y son engañosas, a prestatarios que ya no tienen ninguna obligación legal de pagar deudas que han sido descargadas.

Acción Ejecutora

De acuerdo a lo establecido en la Ley Dodd-Frank de Reforma de Wall Street y Protección al Consumidor, la CFPB tiene la autoridad para tomar acciones contra aquellas instituciones que violen las leyes en materia financiera, incluyendo la Ley de Informes de Crédito Justos, y que usen actos o prácticas injustas, engañosas o abusivas. La demanda de la CFPB contra PHEAA busca detener su presunta conducta ilegal, obtener reparaciones para los consumidores, e imponer una multa civil monetaria, que sería pagada al fondo de la CFPB para el alivio de víctimas.

Lea la demanda (en inglés).

Esta es la segunda acción ejecutora pública de la CFPB del año contra PHEAA. El 6 de mayo, la CFPB introdujo una demanda y su propuesta de fallo estipulado que, de ser aprobados en corte, obligarían a PHEAA y a National Collegiate Student Loan Trusts a pagar más de $5 millones por fallas en la administración de préstamos estudiantiles que incluyen, proveer información exacta a sus prestatarios, e incorrectamente negar solicitudes de aplazamiento.

Los consumidores pueden enviar quejas en la página de la CFPB, o llamando al (855) 411-CFPB (2372).

Alentamos a aquellos empleados que crean que las compañías donde trabajan han violado leyes de protección financiera al consumidor, a enviar la información que tengan a la dirección whistleblower@cfpb.gov. Para saber más acerca de cómo denunciar conductas inapropiadas en su industria, visite la página de la CFPB (en inglés).


La Oficina para la Protección Financiera del Consumidor es una agencia del siglo 21 que implementa y hace cumplir las leyes federales en materia financiera, y que se asegura de los mercados de productos financieros sean justos, transparentes y competitivos. Para encontrar más información visite consumerfinance.gov/es.