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¿Qué es un mensaje de “contenido limitado”?

Bajo nuestra Normativa sobre el Cobro de Deudas, un “limited content message” (en inglés), o mensaje de contenido limitado, es un mensaje de voz dejado por un cobrador que debe contener información obligatoria y podría incluir otra información opcional.

Bajo nuestra Normativa sobre el Cobro de Deudas, este es un mensaje de voz dejado por un cobrador que debe contener información obligatoria y podría incluir otra información opcional. Un “mensaje de contenido limitado” no es una “comunicación”, lo que significa que no tiene que cumplir otros requisitos, ni está sujeto a prohibiciones legales. Por ejemplo, un cobrador que le deje un mensaje de contenido limitado no está violando la prohibición contra comunicaciones hechas por terceros.

Para que un mensaje de voz sea un “mensaje de contenido limitado” el mismo debe contener la siguiente información:

  • El nombre de un negocio o compañía, que no indique que quien llama es un cobrador
  • Un número para que usted pueda devolver la llamada
  • Solicitarle que devuelva la llamada y los nombres de las personas con quien usted puede hablar para responder

El cobrador podría también incluir la siguiente información opcional:

  • Un saludo
  • La fecha y hora cuando deja el mensaje
  • Sugerencias de fechas y horas para que usted devuelva la llamada
  • Dejarle saber que puede hablar con cualquier representante de la compañía

Para ser un “mensaje de contenido limitado” el mensaje de voz no debe incluir ninguna otra información. Otros mensajes, como textos, no son mensajes de contenido limitado. Para encontrar más información acerca de la definición de un mensaje de contenido limitado en la Normativa sobre el Cobro de Deudas, revise la sección 3.3 en nuestra “Debt Collection Small Entity Compliance Guide ” (en inglés) o Guía de Cumplimiento en el Cobro de Deudas para Pequeñas Entidades.

Sepa más acerca de los límites sobre lo que un cobrador puede hacer o decir.

Si tiene problemas con cobranzas, puede enviarnos una queja online, o llamando al (855) 411-CFPB (2372).